El viernes 16 de octubre tuvo
lugar en ACEMM la jornada presencial del curso de Aplicador de Protectores de
la Madera, que esta asociación ha organizado en colaboración con ANEPROMA,
Asociación Nacional de Empresas de Protectores de Madera.
Con estos
cursos, ACEMM facilita a las empresas que realizan tratamiento de madera, el
cumplimiento de la actual normativa, el Real Decreto 830/2010, de 25 de
junio que regula la capacitación de trabajadores y empresas que utilicen
productos para tratamiento de la madera (TP8) incluida la comercialización.
Además de este curso para los
trabajadores encargados de aplicar las sustancias de tratamiento de la madera, ACEMM
está llevando a cabo otros dos más para los responsables técnicos de las
empresas.
Son cursos con formación a distancia, a
través de internet, y con dos jornadas presenciales que se celebrarán en el mes
de noviembre. Al finalizar cada uno de
los cursos, se obtiene el certificado que se presenta en la Consejería de
Sanidad de la Cantabria.
La
Normativa en Cantabria
Desde la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria, el día 5 de
mayo de 2011, de la Orden SAN/10/2011, de 20 de abril, por la que se crea el Registro Oficial de establecimientos y
servicios biocidas de Cantabria, (Registro gestionado por la Dirección
General de Salud Pública), los titulares de los establecimientos de biocidas
ubicados en Cantabria que realicen fabricación, envasado, almacenamiento y/o
comercialización de biocidas (incluidos productos para tratamiento de madera
TP8) tienen que inscribirse en él, así como quienes realicen servicios de
aplicación con biocidas.
Este Registro Oficial tiene carácter público, la inscripción en el
registro tiene una validez indefinida, salvo que por motivos de salud pública o
a solicitud del titular, proceda su modificación o cancelación. La inscripción
de una entidad de servicios en el Registro Oficial de Establecimientos y
Servicios Biocidas de Cantabria será válida para trabajar en cualquier otra
Comunidad Autónoma.
Por tanto, todas estas empresas están OBLIGADAS a
estar inscritas en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas.
De hecho los fabricantes o comercializadores de estos productos químicos no
pueden vender productos de uso industrial si la empresa no está inscrita en el
registro correspondiente
La ley exige, al menos, un responsable
técnico por empresa de tratamientos con Biocidas TP8. Es decir,
cualquier empresa independientemente del tamaño, necesita un responsable
técnico con la formación indicada y tantos aplicadores como estén involucrados
en los procesos. Por ejemplo, un aserradero, debe tener un responsable técnico,
generalmente el gerente y tantos aplicadores como sean necesarios; sí sólo se
encarga de la bañera un operario por turno y se trabajan dos turnos, se
necesitan 2 aplicadores cualificados.
¿Qué hacen las empresas comercializadoras de PRODUCTOS
TP8 MADERA?
En el envase de los productos y en la ficha de seguridad de cada uno de
ellos figura a quienes va destinado el producto. Si es de uso exclusivamente
profesional, las empresas que venden
dichos productos están obligadas a solicitar la acreditación de aplicador a
aquellos que lo compren. Debido a la peligrosidad de estos productos para
la salud, la normativa europea y española busca su máxima trazabilidad.
Más información en: http://saludcantabria.es/
http://www.saludcantabria.es/index.php?page=registro-oficial-de-establecimientos-y-servicios-biocidas-de-cantabria
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